SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER Y APROBAR, EL CONSOLIDADO a nivel del Pliego Gobierno Regional de Apurímac, (26 Unidades Ejecutoras) del personal beneficiario del Decreto de Urgencia N° 037-94, en aplicación del Artículo 1o, la deuda actualizada por Bonificación Especial al que se refiere el D.U. N° 037-94, del personal activo y cesantes del Pliego del Gobierno Regional de Apurímac, del periodo 1o de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2015, por concepto de Devengados, así como la deuda total ascendente a S/. 155,018,267.47 Nuevos Soles, a quienes se les reconoce por estar pendiente el derecho a percibir la Bonificación Especial a que se refiere el citado D.U, en el marco de la Ley N° 29702, según el detalle siguiente:
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR, como sustento de los importes señalados en el Artículo Primero, el “Formato de Personal Beneficiarlo del D.U. N° 037-94, con los importes reconocidos de devengados pendientes de pago de cada uno de los beneficiarios.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinación con la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, efectuar a través de las acciones administrativas correspondientes, las gestiones ante el Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a la demanda presupuestal que irrogue la presente resolución, así como el Pago de la Continua a partir del mes de enero del 2016 a los servidores Inmersos y/o comprendidos en la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, a los titulares de cada Sector consignado en la presente resolución dar a conocer con el tenor de la presente resolución a los Interesados solicitantes.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Modificatoria Ley N° 27927.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a las Gerencias Regionales de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial e Infraestructura, Dirección Regional de Educación de Apurimac, Dirección Regional de Salud de Apurimac, Dirección Regional Agraria de Apurimac, Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurimac, Hospital Guillermo Díaz de la Vega -Abancay, Gerencia Sub Regional Chanka, Dirección Sub Regional de Transportes y Comunicaciones de Andahuaylas, Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, Sub Región Chincheros, Dirección Sub Regional Chanka, Hospital Sub Regional de Andahuaylas, Redes de Salud de: Abancay, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas, Grau, Dirección de Salud “Virgen de Cocharcas” – Chincheros, UGELS de Abancay, Andahuaylas, Cotabambas, Grau, Chincheros, Antabamba, Huancarama y Aymares, y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines de Ley