ARTÍCULO 1°.- Objeto
Autorízase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 759,434.00), en la Fuente de Financiamiento Rubro 13. Donaciones y Transferencias por concepto de las Transferencias del Seguro Integral de Salud, a favor de las Unidades Ejecutoras del sector salud de los Gobiernos Regionales, en el marco de los Convenios de Gestión suscrito con el Seguro Integral de Salud, para cubrir el servicio de salud con determinadas Unidades Ejecutoras, estableciendo en las mismas la obligación de priorizar la ejecución de los recursos trasferidos por el SIS en productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos sanitarios, entre otros, realizados en la prestación de salud, de acuerdo al siguiente detalle:
ARTICULO 2°.- Codificaciones
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a la Dirección General de Presupuesto Piiblico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
ARTÍCULO 3°.- Notas para la Modificación Presupuestaria
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a la Unidad(es) Ejecutora(s) para que elabore(n) las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
ARTÍCULO 4°.- Presentación de la Resolución
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 54°, numeral 54.1, inciso b) del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.