ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el expediente de «Ampliación de Plazo Parcial N° 1», para la Supervisión del Proyecto: «Fortalecimiento de la Atención de los Servicios de Salud en el Segundo Nivel de Atención, Categoría li-2,6o Nivel de Complejidad, Nuevo Hospital de Andahuaylas – Apurímac», por el periodo de 15 días calendario, quedando establecido del 11/09/2017 al 25/09/2017, peticionado por el Consultor Consorcio Supervisor Andahuaylas. Conforme se acredita de los informes técnicos sustentatorios emitidos por el Consorcio Supervisor Andahuaylas, el Coordinador de Obra por Contrata y del Director de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión del Gobierno Regional de Apurímac, y; de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER, de acuerdo a lo solicitado por el Consultor de Obra Consorcio Supervisor Andahuaylas, que la presente «Ampliación de Plazo Parcial N° 1», para la Supervisión del Proyecto: «Fortalecimiento de la Atención de los Servicios de Salud en el Segundo Nivel de Atención, Categoría li-2, 6o Nivel de Complejidad, Nuevo Hospital de Andahuaylas – Apurímac», por el periodo de 15 días calendario, NO GENERA PRESTACIONES ADICIONALES NI GASTOS GENERALES.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día, la presente resolución al Consultor Consorcio Supervisor Andahuaylas y al Coordinador de Obra por Contrata, del Proyecto: «Fortalecimiento de la Atención de los Servicios de Salud en el Segundo Nivel de Atención, Categoría II-2, 6° Nivel de Complejidad, Nuevo Hospital de Andahuaylas – Apurímac», para su conocimiento, cumplimiento y fines que estimen por conveniente.
ARTÍCULO TERCERO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.