ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR, a partir del 01 de Julio del año 2 017, Pensión de Viudez a favor de doña CARMEN ESCUDERO MANZANO DE LERZUNDI, equivalente al 50% de la pensión de cesantía que percibía su cónyuge que en vida fue pensionista del Gobierno Regional de Apurímac, bajo el Régimen de pensiones del Decreto Ley N° 20530, don CESAR DALMIRO LERZUNDI QUINTANILLA, quien cesó en el cargo de Presidente, Nivel Remunerativo F-7, de acuerdo al detalle siguiente:
ARTÍCULO SEGUNDO.- El egreso que genere el pago de la pensión de viudez será con afectación presupuestal a la cadena funcional siguiente:
ARTÍCULO TERCERO.- Transcribir, la presente Resolución a las Instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac e interesada para su conocimiento y fines.