ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO, El curso de apelación interpuesto por el señor Merciano TAPIA MAIHUIRE, contra la Resolución Directoral N° 159-2017-GR-DRA-APURIMAC, del 17 de julio del 2017. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Dirección Regional Agraria de Apurímac, al interesado y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley