ARTICULO l9.- Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Apurimac aprobado mediante el Decreto Supremo N9 008-2017-EF, por un monto de CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 (S/ 5 786 423,00) con cargo a la fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Rubro 00 Recursos Ordinarios, para garantizar la continuidad de los Proyectos de Inversión, de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 2.- Codificaciones
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes, finalidades de metas y unidades de medida.
Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Presentación de la Resolución
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 549, numeral 54.1, inciso b) de la Ley N9 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Contabilidad Pública y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.