ARTICULO PRIMERO.- ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolverse conjuntamente.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Betty BALLON GOMEZ DE SIERRA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0559-2017-DREA, de 26 de mayo del 2017, Víctor Justo VALENCIA SOSA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0352-2017-DREA, del 11 de abril del 2017 y Faustino TINCO QUISPE, contra la Resolución Directoral Regional N° 0739-2017-DREA del 07 de julio del 2017 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTES Y VALIDAS las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurímac, a los interesados y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.