ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material que se ha incurrido, en la Resolución Ejecutiva Regional N° 139-2017-G.R.APURÍMAC/GR., de fecha 27/04/2017, referente a la parte considerativa (considerandos noveno y décimo) y parte resolutiva (artículo primero), debiendo quedar redactado de la siguiente manera:
• Noveno considerando:
Que, en este contexto es importante destacar y felicitar la labor Profesional de Don Rubén Dino Aucahuasi Dongo, natural de la Provincia de Aymaraes, autor y editor del libro denominado “Topónimos de Apurímac». Ésta obra expresa el denodado trabajo que realizo el autor para plasmar un estudio toponímico del Departamento de Apurímac. Este libro es un valioso aporte que se brinda a la cultura Apurimeña, para contribuir el fortalecimiento de nuestra Identidad, conociendo los nombres de los lugares, sus raíces ¡diomáticas y significados, además de comprender el rol de las lenguas ancestrales en la formación de la ¡nterculturalidad;
• Décimo considerando:
Que, es importante destacar y felicitar la labor intelectual del Don Rubén Dino Aucahuasi Dongo, como “Cultor de la Intelectualidad Apurimeña”, en su condición de Representante de la Provincia de Aymaraes de la Región Apurímac, por su destacada contribución a la cultura y educación e Identificación regional, con ocasión de conmemorar el “144° Aniversario de Creación Política del Departamento de Apurímac”;
• ARTÍCULO PRIMERO:
RECONOCER Y FELICITAR, a Don RUBÉN DIÑO AUCAHUASI,DONGO, como “Cultor de la Intelectualidad Apurimeña”, autor y editor del libro denominado “TOPÓNIMOS DE APURIMAC», en su
condición de Representante de la Provincia de Aymaraes de la Región Apurímac, por su destacada contribución a la cultura y educación e identificación regional, con ocasión de conmemorar el “144° Aniversario de Creación Política del Departamento de Apurímac”.
ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR, subsistente e inalterable los demás extremos de la Resolución Ejecutiva Regional N° 139-2017-G.R.APURÍMAC/GR., de fecha 27/04/2017.
ARTÍCULO TERCERO: RECOMENDAR, a la Oficina Regional de Comunicación mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones bajo responsabilidad.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente resolución al Interesado, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Oficina Regional de Comunicación y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.