ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Richard PERALTA CERRO contra la Resolución Directoral N° 075-2017-GR-DRTC-DR-APURIMAC, de fecha 25 de abril del 2017. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N° 1272.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTICULO TERCERO NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Apurímac, al interesado y sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.