ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el expediente de prestación “Adicional de Obra N° 19″, del Proyecto: «Fortalecimiento de la Atención de los Servicios de Salud en el Segundo Nivel de Atención, Categoría II-2,6o Nivel de Complejidad, Nuevo Hospital de Andahuaylas – Apurímac», referente a los mayores metrados en la partida de demoliciones – obra nueva, por el presupuesto adicional que asciende a la suma de SI. 617,062.91 soles, que representa el 0.50 % del monto del contrato de obra, por ser este presupuesto adicional necesario para alcanzar la finalidad y objetivo del contrato de obra, y; por contar con la documentación técnica y legal sustentatoria, de acuerdo a los antecedentes documentales, y fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPÓNGASE, que el Contratista Consorcio Andahuaylas, aumente de forma proporcional las garantías que hubiere otorgado, conforme a lo dispuesto por el artículo 207° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, encargando verifique su cumplimiento a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a la Dirección Regional de Administración.
ARTICULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución al Contratista Consorcio Andahuaylas y al Consultor Consorcio Supervisor Andahuaylas, ambos del Proyecto: «Fortalecimiento de la Atención de los Servicios de Salud en el Segundo Nivel de Atención, Categoría II-2, 6° Nivel de Complejidad, Nuevo Hospital de Andahuaylas – Apurímac», para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión; Oficina Regional de Pre Inversión; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, acciones y fines de ley que ameriten por corresponder, bajo responsabilidad.