ACUMULAR,los expedientes administrativos antes referidos por tratarse del mismo caso que amerita resolverse conjuntamente
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación promovido por los señores: Justina HERMOZA MELENDEZ, contra la Resolución Directoral Regional N° 0207-2017-DREA, de fecha 14 de marzo del 2017, Ciriana Luzmila ENCISO VERA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0234-2017-DREA, del 20 de marzo del 2017, María Alicia Del Rosario GARCIA ANZE, contra la Resolución Directoral Regional N° 0306-2017-DREA, de fecha 04 de abril del 2017, Dina Leonor UGARTE CORTEZ, contra la Resolución Directoral Regional N° 0338-2917-DREA, del 07 de abril del 2017 y Juan José ALARCON ROJAS, contra la Resolución Directoral Regional N° 0442-2017-DREA, del 18 de abril del 2017 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTES Y VALIDAS las resoluciones materia de cuestlonamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272.