enero 19th, 2017
DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora Ricardina Luzgarda CALLA ARONI DE LUPA, contra la Resolución Directoral N° 183- 2016-GR-DRTC-DR.APURIMAC, de fecha 23 de noviembre del 2016. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA la Resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General.