![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
Que, por acuerdo del Consejo Regional N° 016-2001-GR-APURIMAC/CR,
incorpora la función prevista en el literal N del Art. 51° de la Ley 27867, que
dispone a través de COFOPRI la transferencia de competencia y funciones a los
Gobiernos Regionales y locales, además de los previstos en el Decreto
Legislativo N° 1089 Y su Reglamento Decreto Supremo N° 032-2008-que establece
los procedimientos de formalización de predios rurales así mismo por Resolución
Ejecutiva Regional N° 973-2012- GR.APURIMAC/PR de fecha 07 de diciembre del año
2012, resuelve delegar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del
Gobierno Regional de Apurímac la facultad de emitir Resoluciones en primera
instancia en materia de Saneamiento Físico Rural de la propiedad Rural.