octubre 4th, 2016
DESESTIMAR, por IMPROCEDENTE la solicitud promovida por doña Luisa Jacinta MONZON CAMACHO, sobre NULIDAD E INSUBSISTENCIA DE lA RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 188-2014-GR.APURIMAC/GRDE, de fecha 22 de agosto del 2014. Por los fundamentos precedentemente expuestos SUBSISTENTE y VALIDA en todos sus extremos la resolución materia de nulidad, Resolución Gerencial Regional Nº 188-2014-GR.APURIMAC/GRDE, de fecha 22 de agosto del 2014. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General.