agosto 2nd, 2016
DESESTIMAR, por IMPROCEDENTE el recurso de apelación promovido por la señora Edelmira MOLlNA AVENDAÑO, contra la Resolución Directoral N° 350-2016-DREA, del 03 de mayo del 2016. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.