agosto 2nd, 2016
DESESTIMAR, por IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el señor Joaquín Roque ORTIZ IÑIGO, contra la Resolución Directoral N° 23-2016-GR-DRTC-DR-APURIMAC, de fecha 07 de marzo del 2016. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley W 27444 del Procedimiento Administrativo General.