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Que, por acuerdo del Consejo Regional N° 016-2001-GR-APURIMAC/CR, incorpora la función prevista en el literal N del Art. 51° de la Ley 27867, que dispone a través de COFOPRI la transferencia de competencia y funciones a los Gobiernos Regionales y locales, además de los previstos en el Decreto Legislativo N° 1089 Y su Reglamento Decreto Supremo N° 032-2008-que establece los procedimientos de formalización de predios rurales así mismo por Resolución Ejecutiva Regional N° 973-2012- GR.APURIMAC/PR de fecha 07 de diciembre del año 2012, resuelve delegar a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Apurímac la facultad de emitir Resoluciones en primera instancia en materia de Saneamiento Físico Rural de la propiedad Rural.