febrero 17th, 2016
DESESTIMAR, por IMPROCEDENTE el recurso de apelación invocado por el señor Lucio PALOMINO SIERRA, contra la Resolución Directoral Regional N° 1051-2015-DREA, de fecha 29 de octubre del 2015. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.