agosto 12th, 2015
DESESTIMAR, por IMPROCEDENTE el recurso de apelación invocado por la señora Martha Castañeda Baca, contra la Resolución Directoral Regional N° 0362-2015-DREA, su fecha 06 de mayo del 2015. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.