junio 3rd, 2015
OTORGAR, por concepto de VACACIONES TRUNCAS Y NO GOZADAS a la recurrente: doña LUZ MARINA LAIME TAYPE, DNI. 43550521, quien ha laborado en la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS) de la Procuraduría del Gobierno Regional de Apurímac del 17 de enero del 2011 al 31 de mayo del 2013 en forma alternada