![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Buenaventura LUZA RIOS, Fortunata POZO PECEROS, Aquilino BENITES ALTAMIRANO, Santos CCORIMANYA GUIZADO, Rosa Angélica TEMOCHE VDA. DE TU ÑON, Haydee Juana VERA SIHUAY, Elia Marina TOLEDO POZO, Mariano QUIÑONES SAYCO, Mario CARI MAMANI, Jorge Luis URPI CONTRERAS, Edith ENCISO QUILLA, Ana María GOMEZ MITMA, Ramón Donato AYQUIPA TAIPE y Rene Alcides VIGURIA VIVANCO, todos contra la Resolución Directoral N° 029-2015-DGDEGDRRHH- DISA AP-II, de fecha 29 de enero del 2015. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE y VALIDA la Resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.