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DECLARAR, INFUNDADO, los recursos de apelación interpuesto por los señores: Santos Ricarda FLORES DE FERREL, contra la Resolución Directoral Regional N° 1109-2014-DREA, del 31 de diciembre del 2014, Teodocio SEQUEIROS NUÑEZ. contra la Resolución Directoral Regional N° 0860-2014-DREA, su fecha 20 de octubre del 2014, Eugenia Judelia ROCA TAPIA DE SOTO, contra la Resolución Directoral Regional N° 0551-2014-DREA, su fecha 01 de agosto del 2014 y Carlota SIERRA GARCIA. contra la Resolución Directoral Regional N° 0616-2014-DREA, de fecha 14 de octubre del 2014. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTES y VALIDAS las Resoluciones materia de cuestionamiento. NO HA LUGAR el recurso de apelación invocado por Lidia HUILLCAS LLOCLLA. contra la Resolución Directoral Regional N° 1114-2014-DREA del 31 de diciembre del 2014. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.