marzo 13th, 2015
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DESESTIMAR por IMPROCEDENTES, los recursos de apelación invocado por los recurrentes: Felicitas Martínez Calderón y Lucio Solís Palomino, ambos contra la Resolución Directoral Regional N° 0434-2011 -DRE, de fecha 14 de marzo del- 2011. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE Y VALIDO en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa, conforme establece el Artículo 218 de la Ley N°27444 del Procedimiento Administrativo General.