OTORGAR, Indemnización Excepcional ascendente a la suma de SI. 3,780.00 (Tres Mil Setecientos Ochenta con 00/100 nuevos soles) a favor de su cónyuge supérstite JUANA ACUÑA CONTRERAS, con afectación a la fuente de financiamiento y cadena presupuestal de la Unidad Ejecutora 306 Educación Aymaraes de la Dirección Regional Educación del Gobierno Regional de Apurimac;
ARTICULO TERCERO.- OTORGAR, Pensión de Sobreviviente Viudez a partir del fallecimiento del Profesor Bertrán Flores Coello en su condición de docente de la I.E. N° 54307 de Colca- Caraybamba de la Unidad Ejecutora 306 Educación Aymaraes de la Dirección Regional Educación del Gobierno Regional de Apurimac; a favor de su única heredera JUANA ACUÑA CONTRERAS con afectación a la fuente de financiamiento y cadena presupuestal de la Unidad Ejecutora 306 Educación Aymaraes de la Dirección Regional Educación del Gobierno Regional de Apurimac;
ARTICULO CUARTO.- DISPONER, que la beneficiaria a la pensión de Sobrevivientes- Viudez presente anualmente a la de la Unidad Ejecutora 306 Educación Aymaraes de la Dirección Regional Educación del Gobierno Regional de Apurimac, la declaración jurada de no encontrarse incursos en los alcances del artículo 17 del Decreto Supremo N° 051-88-PCM , en forma obligatoria.