septiembre 10th, 2014
PRECISAR, que al haberse declarado la nulidad del Contrato Gerencial General Regional N° 1934-2014-GR-APURIMAC/GG y haberse retrotraído el proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía N° 081-2014-GRAP derivado de la Licitación Pública N° 002 – 2014 – GRAP, a la etapa de EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN de Propuestas por haberse vulnerado el principio de presunción de veracidad, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 688-2014-GR.APURIMAC/PR, se debe recomendar al Comité Especial encargado de la conducción del referido proceso a actuar conforme a sus atribuciones y de acuerdo a ley.