ACUMULAR, las solicitudes y/o procedimientos antes referidos por tratarse del mismo caso que ameritan resolverse conjuntamente.
DECLARAR, INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por los señores: Virginia VALDIVIA BARRIENTOS, Albertina TRUJILLO HINOJOSA, Carmen Aidé GAMBOA FLORES, Vilma Barilda PALACIOS GONZÁLES, Susana D AVI LA GUILLEN, Nelly Victoria CÁRDENAS PEREZ, María Luisa ESPlNOZA VDA. DE CARRERA, María Elsa PEDRAZA SIERRA, Juana Maximiliana CALDERON MONTESINOS, Hilda MUÑOZ MORAS, Manuel Nieves LIBANO MORALES, Magda Goethee LUNA ALVAREZ, Rosa Hercilía GARAY MENDEZ, y Sara Valentina ARROYO OYOLO, contra la Resolución Directoral N° 118-2014-DG-DIRESA-AP, del 09 de abril del 2014. Con la se Declara Improcedente, sus solicitudes de pago de DEVENGADOS E INTERESES LEGALES, así como el pago de incrementos remunerativos del 16% otorgado por los Decretos de Urgencia N°s. 090-96,073-97 y 011-99, pago de reintegro por concepto de bonificación personal conforme a lo dispuesto por el Artículo 51° del Decreto Legislativo N° 76 y el pago del importe de S/. 144.99 de nuevos soles por concepto de movilidad y refrigerio en sustitución del importe de S/. 5.01 nuevos soles mensuales respectivamente, con retroactividad al año 1989 y la Bonificación Especial dispuesto por el Artículo 12 del Decreto Supremo N° 051-91-PCM. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución SUBSISTENTE Y VALIDO el acto administrativo resolutivo materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa.