RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°021-GORE.APURIMAC/GRDE

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junio 3rd, 2025
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°021-GORE.APURIMAC/GRDE
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, en vías de regularización el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL N°02 (ETAPA I) EN FASE DE EJECUCIÓN CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, para la continuidad del Proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS EN EL CIRCUITO DEL CAÑÓN DE APURIMAC EN 5 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ABANCAY – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», con CUI N°2488318, solicitado por la suma de S/. 1,651 ,402.07 (UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS CON 07/100 SOLES) con un presupuesto total que desciende a: S/. (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SESENTA Y SEIS CON 04/100 SOLES), para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO.- EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en merito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normativa vigente, por haber ejecutado sin contar con acto resolutivo emitidos por. la autoridad administrativa competente, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones proceda actualizar el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato N° 08-A., con el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO QUINTO.- DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL N°02 EN FASE DE EJECUCIÓN, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO SEXTO.- ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO SETIMO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención – Residente de Obra – Supervisor de Obra; para su conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley, (VER PDF)

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