RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°018-2025-GR.APURIMAC/GRI

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febrero 6th, 2025
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°018-2025-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y PRESUPUESTOS del EXPEDIENTE TÉCNICO del Proyecto de Inversión: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD COTARUSE, DISTRITO DE COTARUSE, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC, con CUI N°2383051, del presupuesto de S/. 26’336,093.39 soles, (Veintiséis millones trescientos treinta y seis mil noventa y tres con 39/100 soles), siendo los Costos y Presupuestos Actualizado el monto de S/. 26’196,513.20 soles, (Veintiséis millones ciento noventa y seis mil quinientos trece con 201100 soles), cuya modalidad de ejecución será por Administración Directa, en un plazo de 18 meses (540 días calendarios), que consta de tres (03) Archivadores de color negro, un folder en folios (28), conforme a los fundamentos y sustentos técnicos expuestos por los profesionales competentes, disgregado de la siguiente manera:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, LA ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y PRESUPUESTOS DEL REGISTRO EN EL BANCO DE INVERSIONES – MEDIANTE FORMATO N°08-A-REGISTRO EN LA FASE DE EJECUCIÓN PARA PROYECTO (SECCION A). CON EL PRESENTE ACTO RESOLUTIVO.
ARTÍCULO TERCERO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO CUARTO.- ESTABLECER, que la aprobación del EXPEDIENTE TÉCNICO DE ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y PRESUPUESTOS del proyecto en cuestión; es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO QUINTO.- DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, y demás instancias competentes de la Entidad para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación, (VER PDF)

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