RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N° 04 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL (RECONOCIMIENTO DE MAYORES GASTOS GENERALES Y MAYORES GASTOS DE SUPERVISIÓN) para el sub Proyecto: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL N° 92 – REYNA DE LOS ÁNGELES DEL DISTRITO DE ABANCAY DE LA PROVINCIA DE ABANCAY DEPARTAMENTO DE APURIMAC», del Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL N° 1105, N° 92 – REYNA DE LOS ÁNGELES, N°1106 Y N°812 SAN JUAN DE DIOS EN LOS DISTRITOS DE ABANCAY Y CURAHUASI DE LA PROVINCIA DE ABANCAY – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC» con CUI N° 2507785; aclarando que el incremento presupuestal asciende a la suma de S/.311,931.70 soles teniendo como presupuesto total actualizado la suma de S/. 6656208.02 soles; ello a fin de cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución y cuyos antecedentes obran en 03 tomos; y, conforme al siguiente detalle:
SEGUNDO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N°04 materia del presente, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del sub Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Sub Gerencia de Obras, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención Residente de Obra e Inspector de Obra y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley, (VER PDF)