SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-INCORPORAR, al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional de Apurímac, el predio Rustico denominado «PALMIRA CORRALPAMPA II», con un área de 81,7651HA. con perímetro 5893.41ml. ubicado en el Distrito de curahuasi , Provincia de Abancay, Departamento de Apurímac siendo sus LINDEROS: POR EL NORTE: Limita con LA PROPIEDAD DE TERCEROS, desde el vértice 205 hasta el vértice 62 en linea sinuosa, en total la colindancia por el NORTE es de 1666.12 metros lineales. POR EL ESTE: Colinda con la LA PROPIEDAD DE TERCEROS , desde el vértice 62 hasta el vértice 97; en linea sinuosa. Continuando en el mismo sentido colinda con la COMUNIDAD CAMPESINA DE PUCA PUCA, desde el vértice 97 hasta el vértice 101, en linea sinuosa. En total la colindancia por el ESTE es de 1119.49 metros lineales. POR EL SUR; colinda con la PROPIEDAD DE TERCEROS, desde el vértice 101 al 187, en linea sinuosa. En tota la colindancia por el SUR es de 2381.79 metros lineales. POR EL OESTE: Colinda con LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CCOCHUA en sentido noreste, desde el vértice 187 hasta el vértice 205; en linea sinuosa. En total la colindancia por el OESTE es de 726.01 metros lineales. Ello; conforme al INFORME TECNICO LEGAL N°18-2024-GRDE-APU-SGSFLPR/JJRMT/JAT y el mérito a los demas documentos que conforman al acervo documentario materia del presente, con el fin exclusivo de desarrollar procesos de formalizacion y titulacion rural.
EL ESTE: Colinda con LA PROPIEDAD DE TERCEROS, desde el el vértice 97; en línea sinuosa Continuando en el mismo sentido colinda con la COMUNIDAD CAMPESINA DE PUCA PUCA desde el vértice 97 hasta el vértice 101, en linea sinuosa. En total la colindancia por el ESTE es de 1119.49 metros lineales. POR EL SUR: colinda con la PROPIEDAD DE TERCEROS, desde el vértice 101 al 187, en línea sinuosa. En total la colindancia el SUR es de 2381.79 lineales. POR EL OESTE: Colinda con LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CCOCHUA en sentido noreste, desde el 187 hasta el 205; en línea sinuosa. En total la colindancia por el OESTE es de 726.01 metros lineales. Ello; conforme al INFORME TÉCNICO LEGAL N° 018-2024- IJJRMTIJAT y en a hs demás documentos que conforman el acervo documentario materia del presente con el fin , (VER PDF)