RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°137-2024-GR.APURIMAC/GRI

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noviembre 26th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°137-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, – EN VÍAS DE REGULARIZACIÓN – la Modificación en Fase de Ejecución N°02 del Sub proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.S. SEÑOR DE ANIMAS DEL DISTRITO JUSTO APU SAHUARAURA, PROVINCIA DE AYMARAES, REGIÓN APURÍMAC», correspondiente al proyecto de Inversión: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LAS I.E.S. DAVID SAMANES OCAMPO DEL DISTRITO DE TINTAY Y LA I.E.S. SEÑOR ANIMAS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA – AYMARAES APURIMAC», con CUI N°2302886, POR ADICIONALES DE OBRA, ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y MANO DE OBRA, GASTOS GENERALES, GASTOS DE SUPERVISIÓN Y GESTIÓN DE PROYECTOS, siendo el INCREMENTO PRESUPUESTAL, de S/. 1’326,309.84 (Un Millón Trescientos Veintiséis Mil Trescientos Nueve con 841100 soles), con un presupuesto total actualizado del proyecto la suma de: S/.8628,440.67, (Ocho Millones Seiscientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Cuarenta con 67/100 soles) que equivale al 18.16% de incidencia del presupuesto, para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:[…].

ARTÍCULO SEGUNDO.-EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.
ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, por la demora en el tramite de la solicitud de ampliación presupuestal  (POR ADICIONALES DE OBRA, ACTUALIZACION DE COSTOS Y MANO DE OBRA, GASTOS GENERALES, GASTOS DE SUPERVISION Y GESTION DE PROYECTOS) y haber ejecutado sin contar con el acto resolutivo que Autorice la autoridad administrativa competente, conforme a la normativa vigente; sin perjuicio de EXHORTAR A LOS RESPONSABLES DEL PROYECTO – QUE DE REINCIDIR EN LAS MISMAS ACCIONES CONTRARIAS A LA LEY, SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO A LA OFICINA DE PROCURADURIA PUBLICA DE LA REGION, PARA DETERMINAR LAS RESPONSABLES CIVILES, PENALES Y ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDAN.

ARTÍCULO CUARTO.-DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) proceda con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato N°08-A., conforme a norma, (VER PDF)

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