SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 10 (Sentencia) de 2019 y la Resolución N° 16 (Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 06 de marzo de 2024, recaída en el Expediente Judicial N°00311-2018-0-0301-JR-CI-01, la cual declara FUNDADA la demanda interpuesta por JUANA PETRONILA TORRES ROMERO, en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia, DECLARO: 1) Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N°522-2017-GR-APURIMAC/GR de fecha 29 de diciembre de 2017; 2) Nulidad Total de la Resolución Directoral Regional N°1241-2017-DREA de fecha 09 de octubre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO.-DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por JUANA PETRONILA TORRES ROMERO, en contra de la Resolución Directoral Regional N°1241-2017-DREA de fecha 09 de octubre de 2017; RECONOCIENDO el pago del incremento de la remuneración básica de la actora conforme a lo establecido en el Decreto Ley número 25981, desde la fecha en que por ley le corresponde percibir dicha bonificación, más los interese legales.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a fin de que proceda a practicar la liquidación del incremento de la remuneración básica de la actora conforme a Io establecido en el Decreto Ley número 25981, desde la fecha en que por ley le corresponde percibir dicha bonificación, más los interese legales, en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados y sus antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 0112019-JUS, (VER PDF)