SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR, IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por la señora Leonor VILCAS PERALTA, contra la Resolución Directoral Regional N° 1603-2024-DREA de fecha 19 de agosto del 2024. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 2280 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.-DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO.-NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley, (VER PDF)