SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.-ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 0 127 numeral 127.2 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley N° 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.
ARTÍCULO SEGUNDO.-DECLARAR, IMPROCEDENTE los recursos administrativos de apelación interpuesto por los señores: Gavino SEGOVIA IGNACIO contra la Resolución Directoral Regional N O 1629-2024-DREA de fecha 21 de agosto del 2024, Oswaldo ESCOBAR SALCEDO contra la Resolución Directoral Regional N° 1675-2024-DREA de fecha 29 de agosto del 2024 Pedro Liberato TAPIA VALENZUELA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0476-2024-DREA de fecha 14 de marzo del 2024. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley N°27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 2280 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO TERCERO.-DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo, como antecedente, (VER PDF)