ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR el EXPEDIENTE TÉCNICO para las Actividades de «MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL NIVEL SECUNDARIO 1.E.S. LIBERTADORES DE AMÉRICA, DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», a fin de brindar continuidad del servicio educativo en beneficio de la población estudiantil y del personal docente y administrativo, el mismo que se ejecutará dentro de un cronograma de 30 días calendarios y un presupuesto de SI. 77,053.59, (SETENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y TRES CON 59/100 SOLES), estructurado de la siguiente manera;[…]
ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO. · ESTABLECER, que la aprobación del Expediente técnico de las Actividades de Mantenimiento es de carácter EMINENTEMENTE TÉCNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto le corresponda y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO. · DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia.
ARTICULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, al Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones (ORFEI), y demás instancias competentes de la Entidad para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación.(VER PDF)