ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR, IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por el señor Alejandro REYNOSO CCAHUANA, contra la Resolución Directora! Regional Nº 1431-2024-DREA, de fecha 04 de julio del 2024. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE, en todos sus extremos la Resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.-DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTÍCULO TERCERO.-NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley, (VER PDF).