RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°056-2024-GR.APURIMAC/GRDE.

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septiembre 16th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°056-2024-GR.APURIMAC/GRDE.
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RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°056-2024-GR.APURIMAC/GRDE.

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Modificación del Expediente  Técnico  de Infraestructura Modificado sin incremento presupuestal  por ACTUALIZACIÓN   DE  PRECIOS.  DEDUCTIVOS.  MAYORES  METRADOS  Y PARTIDAS  NUEVAS correspondiente al Plan de Negocio: «MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LECHE FRESCA DE LA ASOCIACIÓN DE GANADEROS AGROPECUARIOS PACHAMAMA AGAPACHA DEL DISTRITO DE TALAVERA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS,REGIÓN APURIMAC» con código único Nº 2613299, en fase de ejecución, por la suma de SI. 172,142.00 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), manteniendo el monto presupuestal primigenio considerado en la CLÁUSULA TERCERA del Acta de Acuerdos de Cofinanciamiento Nº 019-2023-GR. APURIMAC/GRDE/GG de fecha 22/09/2023, para cumplir con el objetivo y finalidad del Plan de Negocio, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:[…].

ARTÍCULO SEGUNDO.- EXHORTAR, a los responsables del Plan de Negocio, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.

ARTÍCULO TERCERO.-DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de Infraestructura Modificado sin incremento presupuestal, la responsabilidad recae en los responsables del Plan de Negocio de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.

ARTÍCULO CUARTO.- ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico de Infraestructura modificado es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Plan de Negocio quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

 

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