RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO N°052-2024-GR-GR.APURIMAC/GRDE.

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septiembre 10th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO N°052-2024-GR-GR.APURIMAC/GRDE.
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RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO N°052-2024-GR-GR.APURIMAC/GRDE.

ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, el Expediente Técnico de Infraestructura Modificado sin incremento presupuestal por ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS. PARTIDAS NUEVAS Y DEDUCTIVOS DE OBRA en fase de ejecución del Plan de Negocio «AMPLIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE TRUCHA DE LA ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS Y AGROINDUSTRIALES SANTÍSIMA TRINIDAD DE ACOYCHA, DISTRITO LUCRE, PROVINCIA AYMARAES, REGIÓN APURÍMAC» registrado con Código Único Nº 2613306, con un monto de S/. 177,122.00 (CIENTO SETENTA Y SIETE MIL, CIENTO VEINTIDOS CON 00/100 SOLES) deduciendo el monto presupuestal primigenio, para cumplir con el objetivo y finalidad del Plan de Negocio, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:[…].

ARTÍCULO SEGUNDO.-EXHORTAR, a los responsables del Plan de Negocio, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.

ARTÍCULO TERCERO.-DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de Infraestructura Modificado sin incremento presupuestal, la responsabilidad recae en los responsables del Plan de Negocio de acuerdo ! sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.

ARTÍCULO CUARTO.-ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico de Infraestructura modificado es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Plan de Negocio quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO QUINTO.-NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico dependencias orgánicas competentes, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención; lng. Joseantonio Serrano Bustinza – Residente/Gestor PROCOMPITE Ing. Nahon Inca Jara – Sub Gerente de MYPES y Competitividad, y demás dependencias competentes, para conocimiento implementación en lo que les compete y fines de Ley, (VER PDF).

 

 

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