RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°0258-2024-GR-APURIMAC/GG.
ARTÍCULO PRIMERO:DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud denominada «Cuarta Ampliación de Plazo», por el periodo de 14 días calendario, en referencia al Contrato Gerencial General Regional Nº1583-2022-GR-APURIMAC/GG de fecha 27/12/2022, peticionado a la Entidad por la Empresa Contratista Ingeniería, Construcción y Topografía Geodetección S.A.C., en fecha 14/08/2024, mediante la Carta Nº 037-2024-ICONS y legal, 1 TOP SAC/GLL/WLL, registrado por la Entidad con SIGE Nº 21522, por carecer de sustento técnico y legal, al no estar justificado, sustentado, ni acreditado, en aplicación a lo previsto en el Artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR, EN EL DÍA, bajo responsabilidad funcional mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución a través del SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del artículo 158º de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley. Sin perjuicio, de notificar la presente resolución, al Contratista, a sus correos electrónicos contractuales, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO TERCERO: EXHORTAR, bajo responsabilidad al Residente de Obra, Inspector de Obra, Coordinador del Proyecto Parcco Chinquillay, Dirección y Personal de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, mayor diligencia, responsabilidad y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, debiendo de emitir sus informes, teniendo en cuenta los plazos establecido por la normativa de contrataciones del estado y el Memorándum Múltiple N° 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023.
ARTÍCULO CUARTO:REMITIR, copia fedateada de la presente resolución y sus anexos, a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario, para que conforme a sus atribuciones, adopte las acciones que corresponda, por el retraso de los trámites administrativos con relación a la presente solicitud de ampliación de plazo, en el último día hábil para emitir y notificar el acto resolutivo.