SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.•DECLARAR, IMPROCEDENTE, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el señor Toribio MONDRAGON SALCEDO, contra la Resolución de Oficina de Administración Nº 021-2024-OGA-DSRA, de fecha 15 de abril del 2024. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Artículo 228º del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.·DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTÍCULO TERCERO.•NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.·PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )