RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 094-2024-GR.APURIMAC/GRI

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agosto 23rd, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 094-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO:APROBAR, el Expediente Técnico de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01-EN VIAS DE REGULARIZACION DEL COMPONENTE DE «SISTEMA DE UTILIZACIÓN DE USO EXCLUSIVO EN MT DEL PUESTO DE SALUD DE HUAYLLATI DEL DISTRITO DE HUAYLLATI, PROVINCIA DE GRAU, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», correspondiente al Proyecto:»MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL DE ATENCION CATEGORIA 1-2 DEL PUESTO DE SALUD DE HUAYLLATI, DISTRITO DE HUAYLLATI, PROVINCIA DE GRAU, DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», por un período de 75 días calendarios, comprendido desde el 06 de junio de 2024 y termina en fecha del 19 de agosto de 2024, SIENDO LA FECHA DE TERMINO REPROGRAMADO EL DIA 19 de agosto de 2024, ello, con la finalidad de cumplir con las metas propuestas en el Proyecto, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente Informe Legal, con el siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO:DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones, proceda con el Registro en el Aplicativo del sistema del Banco de Inversiones-Formato Nº 08 ·A, conforme a norma.

ARTÍCULO TERCERO:DISPONER, al Residente de Obra, proceda a actualizar su cronograma de ejecución física y financiera actualizada con el visto bueno del Inspector para su registro en el Formato 12 -B de la Directiva Nº001-2022-EF/63 .01.

ARTÍCULO CUARTO:PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Infraestructura, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.

ARTÍCULO QUINTO:ESTABLECER, que la aprobación del Expediente de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01 por casos Fortuitos y/o Fuerza Mayor del Sub Proyecto mencionado, es de carácter EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto, quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO SEXTO:NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de  Proyectos de Inversión y a los responsables del proyecto de inversión Ing. Darcy Acuña Román-Residente de Obra, Ing. David Jacinto Sánchez Chauca-Supervisora de obra, para su conocimiento, fines de Ley y aplicación del caso.

ARTÍCULO SÉPTIMO:PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurímac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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