SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- CESAR, a partir del 12 de agosto del 2024, por causal de límite de edad (70) años, al servidor en su calidad de nombrado WILDOR PINARES JARA, identificado con DNI N°31520258 con el cargo de Economista IV, Nivel Remunerativo SPA, Plaza N° 210 de la Gerencia Sub Regional de Grau del Gobierno Regional de Apurímac, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº276,conforme lo establece el literal a) del artículo 35º del Decreto Legislativo N° 276-Ley de Bases de la Carrera administrativa y de Remuneraciones del Sector Público ,concordante con el literal) del artículo 186º del Decreto Supremo Nº005-90-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución haciéndole extensivo el agradecimiento por los servicios prestados al Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO.-DECLARAR VACANTE la plaza N° 210 de la Gerencia Sub Regional de Grau del Gobierno Regional de Apurímac, Nivel Remunerativo SPA, sujeto al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, conforme al cuadro para asignación de personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Apurímac, a consecuencia de lo vertido en el Artículo Primero de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.· ABONAR, a nombre del servidor WILDOR PINARES JARA la compensación por tiempo de Servicios-CTS, conforme al cálculo efectuado por el Responsable del Área de Remuneraciones, por el monto total de 5/66,411.65 (SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 65/100 SOLES), conforme a lo establecido en la Ley Nº 31585, Decreto Supremo Nº 420-2019 y Decreto de Urgencia Nº 038-2019.
ARTICULO CUARTO.• ESTABLECER, que el cumplimiento de pago por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios -CTS reconocidos en el artículo tercero del presente acto Resolutivo, está sujeto a la disponibilidad presupuestal respectiva en observancia a la normativa vigente.
ARTÍCULO QUINTO.-REQUERIR, al servidor WILDOR PINARES JARA realice la entrega formal del cargo de manera documentada de conformidad a lo establecido en el artículo 191º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa del Sector Público.
ARTICULO SEXTO.• NOTIFICAR, la presente Resolución al Señor WILDOR PINARES JARA en su domicilio real Calle Pozos Varela S/N-Grau-Apurimac, a las instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac y al legajo personal del interesado para su conocimiento y fines.
ARTICULO SEPTIMO.·DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )