RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 040-2024-GR.APURIMAC/GRI

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junio 11th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 040-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el EXPEDIENTE TÉNICO del Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD   ESTRATEGICO CHICMO DEL DISTRITO DE SANTA MARIA DE CHICMO, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado Nº 2472210, para su ejecución bajo la MODALIDAD DE ADMINISTRACION INDIRECTA – CONTRATA, en el plazo de ejecución de (450) días calendario – (15 meses), con un presupuesto total de S/. 47´536,487.38 (Cuarenta y siete millones quinientos treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete con 38/100 soles), que consta de 32 Archivadores de color negro, un folder en folios (284), conforme a los fundamentos y sustentos técnicos expuestos por los profesionales competentes y según el siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR que el personal técnico que haya intervenido en la revisión y análisis del expediente técnico es responsable del contenido de los informes técnicos que sustentan su aprobación; dejándose constancia que los errores, omisiones o transgresiones técnicas del mismo que no haya sido posible advertir al momento    de su revisión, serán de responsabilidad de los especialistas que elaboraron los informes técnicos respectivos.

ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del EXPEDIENTE  TECNICO del Proyecto en cuestión CUI Nº 2472210; es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO.• DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia.

ARTÍCULO QUINTO.· NOTIF[QUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, al Equipo Técnico Proyectista Evaluador comandada por el Arq. Herverd Fernando Huillca Tiahuallpa, y demás instancias competentes de la Entidad para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación.

ARTÍCULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )

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