RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°015-2024-GR.APURIMAC/GRDS

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junio 11th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°015-2024-GR.APURIMAC/GRDS
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Modificación del Expediente Técnico – en fase de ejecución N° 04 – con Decremento Presupuestal (PARTIDAS NUEVAS, MAYORES  METRADOS, ACTUALIZACION DE PRECIOS Y DEDUCTIVOS) del Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LA APLICACION TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS II.EE DE NIVEL SECUNDARIA EN 11 DISTRITOS DE  LA  PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – UGEL ANDAHUAYLAS – REGIÓN APURÍMAC», con Código Único de Inversiones Nº 2184900; siendo la REDUCCION PRESUPUESTAL de: S/ 1’676,573.44 soles, (Un millón Seiscientos Setenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Tres con 441100 soles), con un presupuesto total actualizado de: S/. 11 ·450,440.43 (Once Millones Cuatrocientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Cuarenta con 43/100 soles), para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, el mismo que cuenta con dos Archivadores de 740 folios; en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle. (…)

ARTÍCULOSEGUNDO.- EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.

ARTÍCULOTERCERO.- DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Desarrollo Social) proceda con la actualización del Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato N° 08-A. con el presente acto resolutivo, conforme a norma.

ARTÍCULO CUARTO.•  PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable  al caso concreto.

ARTÍCULO QUINTO,• ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO SEXTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el  Expediente Técnico de la Modificación Nº 04 del en Fase de Ejecución con Decremento Presupuestal (actualización de precios, mayores metrados, partidas nuevas, deductivos y adicionales), la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.

ARTÍCULO SEPTIMO.• NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Promoción Social, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención al Residente de Obra: Ing. Mildred Pimentel Saihua, Inspector de Obra: Karmith Montoya Villegas, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.

ARTÍCULO OCTAVO.· PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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