SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 22 ( Sentencia) de fecha 07 de agosto de 2019 y la Resolución N° 105 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha de 23 de noviembre de 2023, recaída en el Expediente Judicial N° 0079-2018-0-0304-JM-CI-01, la cual declara FUNDAD la demanda interpuesto por VICTOR TELLO MARCATOMA, EN CONTRA del Gobierno Regional de Apurímac, Presidente de la Comunidad Campesina de Toraya, Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Apurímac, Dirección Regional de Agraria Apurímac, en consecuencia se DECLARA:1) La Nulidad de la Resolución General Regional N° 483-2018-GR-APURIMAC/G de fecha 17 de octubre del 2018; y, 2) La Nulidad Resolución Directoral Nro. 140-2018-GR-DRA-APURIMAC de fecha 19 de julio de 2018.
ARTICULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO, las resoluciones y/o cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER, a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Apurímac, tomar las acciones administrativas necesarias a fin de dar cumplimiento al dispuesto por el Juzgado Mixto de Chalhuanca.
ARTICULO CUARTO.- REMITIR, los actuados a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27584- Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTICULO QUINTO.- REMITIR, ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO SEXTO.· PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe. de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )