RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 035-2024-GR.APURIMAC/GRI

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mayo 28th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 035-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACION PRESUPUESTAL N° 02-EN VIAS DE REGULARIZACIÓN, CON INCREMENTO PRESUPUESTAL POR PARTIDAS NUEVAS, MAYORES METRADOS, DEDUCTIVOS del Sub Proyecto, «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA PUBLICA DE VILCABAMBA DEL DISTRITO VILCABAMBA DE LA PROVINCIA DE GRAU – APURÍMAC» correspondiente al Proyecto de Inversión Pública; «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA PUBLICA DE PROGRESO Y VILCABAMBA DE LOS DISTRITOS PROGRESO Y VILCABAMBA, DE LA PROVINCIA GRAU – APURIMAC’ con CUI Nº 2337801, solicitado por la suma de S/. 2,146,206.62, (DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS CON 62/100 SOLES), con un presupuesto total que asciende a: S/.  23,445,408.44 (VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 44/100 SOLES), para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle.(…)

ARTÍCULO SEGUNDO.· EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en merito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.

ARTICULO TERCERO.• REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio del deslinde de responsabilidades por la demora en el trámite a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, de la solicitud de MODIFICACIÓN Nº02 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL POR PARTIDAS NUEVAS, MAYORES METRADOS, DEDUCTIVOS (en vías de regularización), sin perjuicio de determinar oportunamente la responsabilidad civil y/o penal respectivamente

ARTICULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 02, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.

ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER MINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO SEXTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Obras, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención; Ing. Haider Josué Obregón Chávez, Residente de Obra – Ing. Fritz William Mujica Gutiérrez, Inspector de Obra, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, w.regionapurimac.gob.pe, de conformidad o dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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