SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· APROBAR, la MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 03; para la ejecución de las PARTIDAS NUEVAS (1.1.10 Gabinete de carga, 1.1.11 Computadora portátil para estudiantes Tipo B y 1.1.12 Computadora portátil para docentes Tipo 8), correspondiente al COMPONENTE 1: Adecuada y suficiente disponibilidad de equipos tecnológicos y materiales para el desarrollo de las TIC en las II.EE. de nivel secundaria, con las modificaciones de las especificaciones técnicas, por la suma de S/. 792.230,00 (SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 00/100 SOLES), y ACTUALIZACIÓN DE COSTOS por un monto de S/. 36,000.00 (TREINTA Y SEIS MIL CON 00/100 SOLES) con la finalidad de dar continuidad al Proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LAS TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS II.EE DE NIVEL SECUNDARIA DE LOS DISTRITOS DE ANDAHUAYLAS, ANDARAPA. KAQUIABAMBA Y KISHUARÁ, UGEL ANDAHUAYLAS-REGIÓN APURÍMAC» con CUI Nº 2186650, bajo las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.· APROBAR, la MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 03 CON DECREMENTO PRESUPUESTAL – DEDUCTIVOS POR REDUCCIÓN DE METRADOS para la continua ejecución del Proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LAS TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS IIEE DE NIVEL SECUNDARIA DE LOS DISTRITOS DE ANDAHUAYLAS, ANDARAPA. KAQUIABAMBA Y KISHUARÁ, UGEL ANDAHUAYLAS – REGIÓN APURÍMAC»- CUI Nº 2186650, con un decremento de S/. – 2,357,899.96 (DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 96/100 SOLES) con un presupuesto total actualizado que desciende a: S/. 12,325,084.05 (DOCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHENTA Y CUATRO CON 05/100 SOLES), para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente cuadro presupuestal. (…)
ARTICULO TERCERO.· EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en merito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTICULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL N° 03 EN FASE DE EJECUCIÓN, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO QUINTO.• ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO SEXTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Promoción Social, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención; Ing. Marina Vargas Pancorbo- Residente de Proyecto Andarapa -Kishuara e Ing. Esmith de la Vega Camero- Inspector de Proyecto TIC Andahuaylas, Andarapa, Kaquiabamba, Kishuará, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SETIMO.• PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurímac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )