RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°103-2024-GR-APURIMAC/DRA

Archivo
abril 10th, 2024
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°103-2024-GR-APURIMAC/DRA
Descripción:

SE RESUELVE;

ARTICULO PRIMERO.- RESOLVER, de forma total el CONTRATO DIRECTORAL REGIONAL NºlSOS-2023-GR-APURIMAC/DRA, derivado de la AS-SM-209-2023-GRAP-1, por la Adquisición de Equipos Productivos (Maquina Mantequillera, Pasteurizador, Maquina descremadora, Entre otros) para el Proyecto «Mejoramiento del Servicio Educativo del Instituto de estructura Educación Superior Tecnológico Publico de Curahuasi, Provincia de Abancay – Apurímac», por la causal de acumulación del monto máximo de la penalidad, de conformidad al literal b) del numeral 164.1 del artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Y conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO. – PRESCINDIR, del requerimiento previo a la empresa contratista EQUIPOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DELTA S.A.C de conformidad al numeral 165.2 del  artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

ARTICULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa contratista EQUIPOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DELTA S.A.C, por conducto Notarial.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, registrar la presente Resolución en el SEACE.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER a la Oficina de Tesorería las acciones que resulten necesarias a fin de ejecutar el cobro de la penalidad, a a empresa EQUIPOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DELTA S.A.C; sin perjuicio que la Procuraduría Pública Regional inicie las acciones legales correspondientes, para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados con la resolución del contrato.
ARTICULO SEXTO.- DISPONER que la Instancia competente implemente las acciones necesarias, a fin de que la infracción incurrida por la empresa contratista EQUIPOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES DELTA S.A.C, sea puesto de conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, para el correspondiente procedimiento administrativo sancionador, una vez que a presente Resolución haya quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral.

ARTICULO SETIMO.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Obras, Oficina de Abastecimientos, Patrimonio y Margesí de Bienes, Procuraduría Publica Regional, y Oficina de Tesorería, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de Ley.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]