SE RES U EL VE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la ejecución de las Mayores Prestaciones de Supervisión de Obra «Prestación Adicional de Servicio Nº 01» del Contrato Directora! Regional Nº 117-2022-GR- APURI MAC/DRA., para el servicio de consultoría de supervisión de ejecución de la obra «Mejoramiento de los Servicios de Educación Secundario de la Institución Educativa Manuel Eufracio Álvarez Duran – Distrito de Cotabambas – Provincia Cotabambas, Región Apurímac», peticionado por el Consultor Arq. Hilmerd Roberto Romainville Yturriaga, por el plazo de 162 días calendarios, cuyo plazo de ejecución empezara a regir a partir del 13/11/2023 y culminara el 22/04/2024, de acuerdo a los antecedentes documentales, informes técnicos y opiniones favorables del personal profesional especializado de la Entidad y demás fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Estableciéndose que, dicha prestación adicional se pagará teniendo en consideración lo dispuesto por el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER, como monto total por las mayores prestaciones de supervisión de obra el importe de S/ 145,525.60 soles, por concepto de gastos generales, costos directos y utilidad, derivados de la aprobación de las mayores prestaciones de supervisión, (porcentaje de incidencia del 56.839 % respecto al monto del contrato original), que la entidad deberá pagar a favor del consultor Arq. Hilmerd Roberto Romainville Yturriaga, por estar justificado y sustentado técnica y legalmente.
ARTICULO TERCERO: NOTIFÍCAR, en el día, la presente resolución al supervisor de obra – Arq. Hilmerd Roberto Romainville Yturriaga, en al supervisor de obra, Arq. Hilmerd Roberto ROMAINVILLE YTURRIAGA, en su domicilio consignado en su contrato sito en Av. Collayuso Urb. Micaela Bastidas «B-6» del Distrito. Provincia y Departamento de Cusca, y correo electrónico consignado Hromainvilley@yahoo.es., al Coordinador de Obra por Contrata (e), de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento, cumplimiento’
y fines que se estimen por conveniente.
ARTICULO CUARTO: DISPONER, que el Consultor – Supervisor de obra – Arq. Hilmerd Roberto Romainville Yturriaga, aumente de forma proporcional las garantías que hubiere otorgado, conforme a lo dispuesto por el artículo 157° (numeral 3), del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, encargando verifique su cumplimiento al área usuaria del contrato de supervisión de obra, la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de proyectos de Inversión y a la Dirección Regional de Administración.
ARTÍCULO QUINTO: REMITIR, la presente resolución a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N° 101-2024-GR-APURIMAC/DRA
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marzo 26th, 2024
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RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N° 101-2024-GR-APURIMAC/DRA | |
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