RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°039-2024-GR.APURIMAC/GG

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febrero 21st, 2024
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°039-2024-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 29 de mayo de 2019, la Resolución Nº 10 (Sentencia de Vista) de fecha 07 de octubre de 2019 y a Resolución Nº 13 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 15 de enero de 2021; del Expediente Judicial Nº 01359-2018-0-0301-JR-Cl-02. interpuesto por OLIMPIA ALEGRIA CAMPOS, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac, y con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia se DECLARA: La nulidad parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 238-2018-GR-APURIMAC/GG, de fecha 21 de mayo de 2018; 2) La nulidad parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 1705-2017-DREA, de fecha 29 de diciembre de 2017.

ARTICULO SEGUNDO.-DISPONER, a favor del a OLIMPIA ALEGRIA CAMPOS, el pago por subsidio por luto ascendente a dos remuneraciones totales y subsidio por gastos de sepelio por otras dos remuneraciones totales, en razón al deceso de su señora madre que en vida fue  LUISA CAMPOS DE ALEGRIA y con deducción de la suma  pagadas  inicialmente por ambos, así como el pago de los intereses legales respectivo. Para cuyo efecto AUTORICESE a la Dirección Regional de Educación  Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este  fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO  AL MANDATO JUDICIAL.

TICULO TERCERO.-REMITIR, los actuados  a la Dirección  Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N°27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S.N°011-2019-JUS

ARTICULO CUARTO.-REMITIR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional de Educación de Apurímac, procuraduría publica Regional, Juzgado de trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento  de lo ordenado, a la parte interesa, y demás sistema administrativas que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el portal del Gobierno Regional de Apurimac,regionapurimac.gob.pe. de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica.

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